viernes, 20 de noviembre de 2020

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¿Cuándo esta ocurriendo?

 

Ejemplos de agresiones discriminatorias: 

1.- Impedir el acceso a la educación pública o privada por tener una discapacidad, otra nacionalidad o credo religioso.

 

2.- Prohibir la libre elección de empleo o restringir las oportunidades de acceso, permanencia y ascenso en el mismo, por ejemplo a consecuencia de la corta o avanzada edad.

 

3.- Establecer diferencias en los salarios, las prestaciones y las condiciones laborales para trabajos iguales, como puede ocurrir con las mujeres.

 

4.- Negar o limitar información sobre derechos reproductivos o impedir la libre determinación del número y espaciamiento de los hijos e hijas.

 

5.- Negar o condicionar los servicios de atención médica o impedir la participación en las decisiones sobre su tratamiento médico o terapéutico dentro de sus posibilidades y medios.

 

6.- Impedir la participación, en condiciones equitativas, en asociaciones civiles, políticas o de cualquier otra índole a causa de una discapacidad.

 

7.- Negar o condicionar el acceso a cargos públicos por el sexo o por el origen étnico.

 


¿Qué es la discriminación?

 ¿Qué es?


La discriminación es una práctica cotidiana que consiste en dar un trato desfavorable o de desprecio inmerecido a determinada persona o grupo, que a veces no percibimos, pero que en algún momento la hemos causado o recibido.

 

Hay grupos humanos que son víctimas de la discriminación todos los días por alguna de sus características físicas o su forma de vida. El origen étnico o nacional, el sexo, la edad, la discapacidad, la condición social o económica, la condición de salud, el embarazo, la lengua, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil y otras diferencias pueden ser motivo de distinción, exclusión o restricción de derechos.

 

Los efectos de la discriminación en la vida de las personas son negativos y tienen que ver con la pérdida de derechos y la desigualdad para acceder a ellos; lo cual puede orillar al aislamiento, a vivir violencia e incluso, en casos extremos, a perder la vida.

 

Para efectos de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, se entenderá por esta cualquier situación que niegue o impida el acceso en igualdad a cualquier derecho, pero no siempre un trato diferenciado será considerado discriminación.

 

Por ello, debe quedar claro que para efectos jurídicos, la discriminación ocurre solamente cuando hay una conducta que demuestre distinción, exclusión o restricción, a causa de alguna característica propia de la persona que tenga como consecuencia anular o impedir el ejercicio de un derecho.

 



En general...

 

Las sociedades democráticas contemporáneas son sistemas ordenados de cooperación social para el beneficio mutuo de quienes las integran, es decir, personas autónomas en tanto que son quienes diseñan sus propios planes de vida y eligen los medios para llevarlos a cabo.

 

Las personas que integran la sociedad, en tanto autónomas, tienen distintas formas de ver y entender el mundo, así como concepciones particulares –concepciones éticas- del bien, definidas como el conjunto de intereses, preferencias, valores, creencias, contenidos éticos y culturales que cada persona en lo individual considera valioso para llevar a cabo sus planes de vida satisfactoriamente y de acuerdo a sus propios fines. Las concepciones particulares del bien, asimismo, son parte de lo que da sentido a la vida de cada ser humano, haciendo de ellas vidas que cada uno considera que vale la pena vivir.

 

Sin embargo, estas concepciones, en la medida en que son individuales, no son necesariamente compartidas por otras personas, creando con ello sociedades diversas.

 

Por otra parte, las concepciones particulares del bien pueden ser opuestas entre sí y entrar en conflicto, por lo cual es necesario tener un sistema regulado de libertades y derechos que permita a todas las personas llevar a cabo, en igualdad de circunstancias, sus planes de vida sin alterar o interferir negativa e injustificadamente en los de otras.

Antecedentes

Entre algunas de las acciones de la Comisión se pueden contar:

3  Reuniones plenarias.

55  Reuniones de subcomisión.

35  Reuniones de equipos específicos de trabajo.

7  Foros Regionales de discusión con especialistas y organizaciones locales, en los cuales se            abordaron temas como:

·         La discriminación contra las mujeres en Ciudad Juárez.

·         La discriminación contra niños y adultos mayores en Monterrey.

·         La discriminación por preferencia sexual y temas de desarrollo humano y pobreza en Guadalajara.

·         La discriminación contra personas con discapacidad y por estado de salud en el Distrito Federal.

·         La discriminación religiosa en Puebla.

·         La discriminación contra migrantes en Zacatecas.

·         La discriminación por pertenencia étnica o raza en Veracruz.

Foro sobre la discriminación en los servicios de salud en la Ciudad de México (en colaboración con la Secretaría de Salud).

2 seminarios de especialización para el equipo de trabajo de la Comisión.

Además, se recibieron 17 estudios especializados sobre las distintas prácticas discriminatorias en México y se integró un archivo seminal con información sobre las legislaciones y los estudios en el terreno de la lucha contra la discriminación.

La Comisión Ciudadana de Estudios contra la Discriminación concluyó sus trabajos en noviembre del 2001. De su trabajo se derivó un informe general, publicado bajo el título: "La discriminación en México: por una nueva cultura de la igualdad".

Marzo 27 de 2001: Se instala la Comisión Ciudadana de Estudios contra la Discriminación. Esta Comisión estuvo integrada por 160 personas, y fue presidida por Gilberto Rincón Gallardo.

Noviembre de 2001: El presidente Vicente Fox Quesada envía el proyecto de Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación al Congreso de la Unión.

Julio 16 de 2002: La Asamblea Legislativa del Distrito Federal establece que la discriminación es un delito en esa entidad federativa. Artículo 206º del Nuevo Código Penal para el Distrito Federal.

Abril 29 de 2003: Se aprueba por unanimidad en el Congreso de la Unión la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

Junio 11 de 2003: La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (LFPED) es publicada en el Diario Oficial de la Federación, con lo que se crea el CONSEJO NACIONAL PARA PREVENIR LA DISCRIMINACIÓN (CONAPRED).

Julio 11 de 2003: Gilberto Rincón Gallardo y Meltis es designado como presidente del CONSEJO NACIONAL PARA PREVENIR LA DISCRIMINACIÓN.

Septiembre 17 de 2003: Se instala la Junta de Gobierno del CONSEJO NACIONAL PARA PREVENIR LA DISCRIMINACIÓN.

Abril 26 de 2004: El Estatuto Orgánico del CONAPRED se publica en el Diario Oficial de la Feceración. 


Misión, Visión y Valores

 


MISIÓN

Contribuir a que toda persona goce sin discriminación de todos los derechos y libertades consagrados en el orden jurídico mexicano.

 

VISIÓN

Consolidarnos como la institución rectora que coloque en el centro de la agenda nacional la no discriminación.

 https://www.youtube.com/watch?v=qR0hJvq3AWw&list=UUGBPeovLa9XDW8HoXzGgBig&index=38


OBJETIVOS

Contribuir al desarrollo cultural, social y democrático del país.

Llevar a cabo las acciones conducentes para prevenir y eliminar la discriminación.

Formular y promover políticas públicas para la igualdad de oportunidades y de trato a favor de las personas que se encuentren en territorio nacional.

Promover el derecho a la no discriminación mediante campañas de difusión y divulgación;

Promover una cultura de denuncia de prácticas discriminatorias.

Un extra...

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